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ARRAIGO LABORAL.

EL  arraigo laboral permite al extranjero obtener un permiso de residencia y trabajo en España con una duración de un año y para eso necesita demostrar que ha permanecido en España los dos años anteriores a la solicitud, que carece de antecedentes penales en su país de origen   y que ha mantenido una relación laboral de al menos 6 meses.

El gran cambio se produjo el 25 de marzo de 2021, en que el Tribunal Supremo ha dictado la sentencia 1184/2021 en la que interpreta el Reglamento de Extranjería.

En este  caso, el Supremo especifica que el párrafo segundo de este 124.1 no implica que la acreditación de la relación laboral y de su duración deba llevarse a cabo exclusivamente a través de los medios establecidos en él (resolución judicial o acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social), sino que podrá demostrarse por cualquier medio de prueba válido en derecho.

Y es aquí cuando entra la vida laboral como prueba de haber trabajado 6 meses en los últimos dos años.

Esta doctrina jurisprudencial ha sido ratificada en las posteriores sentencias 1802/2021 y 1806/2021.

En ellas el Tribunal Supremo recuerda que el criterio de arraigo se ha configurado como la existencia de vínculos que unen al extranjero con el lugar en que reside, ya sean de tipo económico, social, familiar, laboral, académico u otros que sean relevantes para apreciar el interés del extranjero en residir en nuestro país y determinen la prevalencia de tal interés particular para la concesión del permiso de residencia temporal solicitado.

Sobre esta base, el Alto Tribunal hace énfasis en que no cualquier circunstancia da lugar al arraigo, sino que debe existir “una vinculación especial con nuestro país”.

Por ello, refiere expresamente el hecho de que es oportuno entender que en el caso del arraigo laboral la relación de trabajo tiene que haberse dado en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

Adjuntamos sentencia judicial dictada a favor de un cliente esta semana:

SENTENCIA ARRAIGO LABORAL

Consúltenos su caso.